La cifra requiere una aclaración importante: las 79 actividades incluidas en el nuevo decreto no están todas completamente prohibidas. El listado reúne prohibiciones absolutas, sectores reservados al Estado, actividades vetadas únicamente para los trabajadores por cuenta propia y otras que podrán realizarse mediante licencias, certificaciones o autorizaciones especiales.
La nueva normativa establece que las empresas privadas, mipymes, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia podrán desarrollar cualquier actividad económica lícita que no aparezca expresamente dentro del anexo, aunque deberán cumplir las licencias y regulaciones correspondientes.
De acuerdo con las autoridades, 46 de las actividades incluidas en el anterior Decreto 107 desaparecen completamente del listado, mientras otras 35 fueron modificadas para flexibilizar sus condiciones o permitir nuevas modalidades de participación privada.
Entre las novedades se encuentra la posibilidad de que actores no estatales participen en la generación y comercialización de electricidad mediante fuentes renovables. La gestión de la red eléctrica nacional continuará bajo control estatal, salvo que se establezcan asociaciones económicas o empresas mixtas autorizadas.
También se abren determinadas posibilidades en la pequeña minería, la construcción de embarcaciones, el ensamblaje de vehículos, motocicletas y triciclos, la operación de marinas, la explotación de gasolineras y la gestión de residuos urbanos, siempre bajo permisos y certificaciones gubernamentales.
En el sector sanitario, las mipymes, empresas privadas y cooperativas podrán prestar servicios farmacéuticos, ópticos, de cuidado y rehabilitación. También se autorizarán residencias privadas para la atención diurna o permanente de adultos mayores, aunque sujetas a supervisión del Ministerio de Salud Pública.
La atención médica y odontológica, sin embargo, continuará reservada al Sistema Nacional de Salud. Tampoco se permitirá al sector no estatal realizar investigaciones médicas en seres humanos ni administrar instituciones destinadas a personas con trastornos psicosociales o adicciones.
El decreto permite además ejercer, bajo habilitación profesional, actividades como programación informática, teneduría de libros, diseño, fotografía, traducción certificada, veterinaria e ingeniería relacionada con energías renovables.
En el comercio se elimina la obligación de que las operaciones mayoristas privadas dependan de contratos con empresas estatales. Las mipymes y cooperativas podrán dedicarse al comercio mayorista como actividad principal o secundaria, aunque esa posibilidad continuará prohibida para los trabajadores por cuenta propia.
Pese a las flexibilizaciones, el Estado conserva el monopolio sobre sectores considerados sensibles. Continúan prohibidas para los actores no estatales la publicación de periódicos, libros y revistas; la creación de agencias de noticias; el periodismo; las transmisiones de radio y televisión; y buena parte de la infraestructura de telecomunicaciones.
Tampoco se autorizarán escuelas privadas capaces de entregar títulos o certificaciones oficiales. El cuidado infantil y algunas clases particulares podrán funcionar bajo determinadas condiciones, pero no se permitirá la creación de academias independientes dentro del sistema formal de enseñanza.
Entre las prohibiciones absolutas aparecen la fabricación y comercialización de armas, municiones y explosivos; la impresión de moneda o documentos oficiales; los juegos de azar; y las actividades relacionadas con la defensa, el orden público y la seguridad nacional.
El Gobierno presenta la medida como una apertura destinada a incrementar la producción, aprovechar el capital privado y aliviar la escasez de bienes y servicios. Las autoridades aseguran que ya existen más de 15.600 mipymes aprobadas, pero insisten en que las reformas no representan una privatización y que la empresa estatal socialista seguirá ocupando el papel principal.
La actualización llega mientras Cuba atraviesa una profunda crisis económica y humanitaria, caracterizada por escasez de alimentos, medicinas, combustible y electricidad. Ante la incapacidad del Estado para satisfacer numerosas necesidades, el sector privado se ha convertido en una pieza cada vez más importante para importar productos, generar empleos y mantener determinados servicios.
Para los críticos, reducir el número de prohibiciones no equivale necesariamente a conceder verdadera libertad económica. Muchas de las nuevas posibilidades continúan dependiendo de autorizaciones discrecionales, asociaciones con entidades estatales o regulaciones que pueden limitar su funcionamiento.
El Decreto 160 amplía el espacio del sector privado, pero mantiene bajo control gubernamental la información, la prensa, la enseñanza formal, la atención médica y otras áreas decisivas. La gran pregunta será si la nueva apertura permitirá producir y resolver problemas reales o si terminará convertida en otro sistema de permisos, controles y obstáculos burocráticos.
#Cuba #Mipymes #SectorPrivado #EconomíaCubana #Decreto160 #TrabajoPorCuentaPropia #EmprendedoresCubanos #FormasDeGestiónNoEstatal #CrisisEnCuba #PrensaLibre #LibertadEconómica #NegociosEnCuba #CubaLibre
Comentarios y likes
Reacciones públicas que esta noticia ha recibido en las publicaciones oficiales del periódico.
Todavía no hay comentarios visibles sincronizados para esta noticia.